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Chía paraguaya a Japón: Senave establece análisis obligatorio de residuos con foco en atrazina

El Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) estableció la obligatoriedad de contar con resultados de análisis de residuos de plaguicidas para la exportación de granos de chía con destino a Japón, incorporando de manera específica el principio activo atrazina. La medida apunta a reforzar los controles de inocuidad y asegurar el cumplimiento de las exigencias técnicas del mercado japonés.

La disposición se enmarca en la Resolución Nº 648, del 5 de diciembre de 2025, y responde a la necesidad de garantizar que los productos paraguayos mantengan los estándares sanitarios requeridos por los países de destino. Desde el Senave destacan que el cumplimiento de esta normativa es clave para preservar la confiabilidad del país como proveedor de alimentos seguros y de calidad.

Según lo que se estableció, se deberán tomar muestras de todas las partidas de chía destinadas a la exportación hacia Japón. El muestreo será realizado por técnicos del Senave, de manera previa al embarque, exclusivamente en el depósito o planta de la empresa exportadora, la cual deberá estar debidamente habilitada por la institución. En ningún caso el procedimiento podrá efectuarse fuera de estas instalaciones.

El análisis de los residuos podrá realizarse en el laboratorio del Senave o en otros laboratorios que cuenten con habilitación oficial. Finalmente, la institución fue enfática al señalar que no se autorizará la emisión del certificado fitosanitario de exportación a aquellas empresas que no cumplan con los requisitos técnicos establecidos, reforzando así el carácter obligatorio de la medida para acceder al mercado japonés.